Legislación › Ley 16/1991, de 10 de julio, de las Policías Locales.
Disposición derogatoria primera.
Disposición derogatoria primera.
Queda derogada la Ley 10/1984, de 5 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales; no obstante, hasta que se dicten las disposiciones reglamentarias para el despliegue de la presente Ley, queda en vigor el Decreto 255/1985, de 23 de julio, regulador de la composición de las Comisiones que prevé la citada Ley 10/1984.
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