Legislación › Orden de 31 de julio de 1991 sobre cesión de valores en préstamo por las Instituciones de Inversión Colectiva y régimen de recursos propios, de información y contable de las Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva.
Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda.
Se habilita a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para que pueda establecer normas contables especiales aplicables a las Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva, con sujeción, en todo caso, a lo previsto en los apartados 1.º a 8.º de la Orden de 26 de julio de 1989, por la que se desarrolló el artículo 86 de la Ley 24/1988, del Mercado de Valores.


