Legislación › Ley 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias.
Artículo 14.
Artículo 14.
La creación de todo órgano administrativo que suponga un incremento del gasto público irá precedida por un estudio económico del coste de su funcionamiento y del rendimiento o utilidad de sus servicios.


