Legislación › Ley Foral 10/1991, de 16 de marzo, sobre prevención y limitación del consumo de bebidas alcohólicas por menores de edad.
Artículo 12.
Artículo 12.
Son infracciones leves:
1. La no colocación de los carteles mencionados en el artículo 5 de esta Ley Foral.
2. La negligencia en el almacenamiento, colocación o custodia de bebidas alcohólicas en locales comerciales o de otro tipo que posibilite el consumo o acceso a dichas bebidas a menores de edad.
3. Cualquier otra infracción a las prohibiciones u obligaciones establecidas en esta Ley Foral o en los reglamentos que la desarrollen siempre que no merezca una calificación más grave.


