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Legislación › Ley Foral 10/1991, de 16 de marzo, sobre prevención y limitación del consumo de bebidas alcohólicas por menores de edad.

Artículo 12.

Artículo 12.

Son infracciones leves:

1. La no colocación de los carteles mencionados en el artículo 5 de esta Ley Foral.

2. La negligencia en el almacenamiento, colocación o custodia de bebidas alcohólicas en locales comerciales o de otro tipo que posibilite el consumo o acceso a dichas bebidas a menores de edad.

3. Cualquier otra infracción a las prohibiciones u obligaciones establecidas en esta Ley Foral o en los reglamentos que la desarrollen siempre que no merezca una calificación más grave.

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