Legislación › Instrumento de Adhesión de España a la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías, hecha en Viena el 11 de abril de 1980.
Artículo 17.
Artículo 17.
La oferta, aun cuando se irrevocable, quedará extinguida cuando su rechazo llegue al oferente.


