LexTotal

Legislación › Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre Transacciones Económicas con el Exterior.

Artículo 12.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de febrero de 1992 y la del 10 de julio de 1996. Tachado: lo que se quitó (12 palabras). Subrayado: lo que se añadió (24 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 12.
Para la imposición de las sanciones administrativas se aplicará lo dispuesto en el procedimiento sancionador regulado Real Decreto 1392/1993, de 4 de agosto, por el capítulo II del Título VI que se regula el procedimiento sancionador de la Ley las infracciones administrativas en materia de Procedimiento Administrativo. control de cambios.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de julio de 1996 En vigor BOE-A-1996-15620 Leer Qué cambió
1 de febrero de 1992 Texto original Leer

← Artículo 11 Índice Artículo 13 →