Legislación › Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre Transacciones Económicas con el Exterior.
Artículo 4.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de febrero de 1993 y la del 10 de julio de 1996.
Tachado: lo que se quitó (52 palabras). Subrayado: lo que se añadió (27 palabras).
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Artículo 4.
1. El viajero, residente o no, que a la La salida del territorio nacional lleve consigo de moneda metálica, billetes de banco y cheques bancarios al portador, estén cifrados en pesetas o en moneda extranjera, deberá formular una es libre. No obstante lo anterior, dicha salida estará sometida a declaración previa cuando su importe sea superior a 1.000.000 de pesetas por persona y viaje, y obtener previa autorización administrativa cuando su importe sea superior a 5.000.000 de pesetas por persona y viaje.
2. La introducción en territorio nacional de moneda metálica, billetes de banco o cualesquiera otros medios de pago o instrumentos de giro o crédito, cifrados en pesetas o en moneda extranjera, es libre. No obstante, los viajeros no residentes que, a su entrada que pretendan introducir en territorio español, sean portádores de español moneda metalica, metálica, billetes de banco o cheques bancarios al portador, cifrados en pesetas o en divisas, por importe superior a 1.000.000 de pesetas, y pretendan pesetas para efectuar con ellos alguna operación que, de acuerdo con las normas sobre transacciones con el exterior o sobre inversiones extranjeras en España, requieran la acreditación del origen de los citados medios de pago, necesitarán tendrán obligación de declararlos en la forma que se determine.
3. Las normas que se dicten en ejecución del presente Real Decreto regularán el procedimiento aplicable a las declaraciones y autorizaciones a las que se refiere el apartado anterior. refieren los apartados anteriores.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de julio de 1996 En vigor | BOE-A-1996-15620 | Leer | Qué cambió |
| 2 de febrero de 1993 | BOE-A-1993-2419 | Leer | Qué cambió |
| 1 de febrero de 1992 | Texto original | Leer |


