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Legislación › Orden de 27 de diciembre de 1991 por la que se dictan instrucciones acerca del régimen económico financiero de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Séptimo. Disposición transitoria tercera.

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Séptimo. Disposición transitoria tercera.
Durante el mes de enero de 1992, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera o las Delegaciones del Ministerio de Economía y Hacienda procederán a ordenar y realizar los correspondientes pagos extrapresupuestarios en favor de la Agencia, por las cantidades ingresadas en la cuenta del Tesoro Público en el Banco de España, como recursos de otras Administraciones Públicas, que a 1 de enero se hallasen pendientes del oportuno pago a favor de la Administración acreedora.
No obstante, la Agencia reintegrará al Tesoro Público aquella parte de estas cantidades correspondientes a conceptos que constituyeran recursos del Presupuesto de Ingresos del Estado.

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1 de abril de 2025 En vigor BOE-A-2025-6376 Leer Qué cambió
1 de enero de 1992 Texto original Leer

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