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Legislación › Real Decreto 108/1991, de 1 de febrero, sobre la prevención y reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto.

Art. 8.

Art. 8.

Al incumplimiento de lo dispuesto en el presente Real Decreto será aplicable, según proceda, el régimen de infracciones y sanciones previsto en la legislación de aguas, costas, protección de ambiente atmosférico y de residuos tóxicos y peligrosos.

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