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Legislación › Ley 5/1990, de 19 de diciembre, sobre prohibición de venta de bebidas alcohólicas a menores de dieciséis años.

Art. 11.

Art. 11.

En las visitas de carácter turístico a bodegas, lagares o plantas de producción o embotellado de productos etílicos no podrá suministrarse ni ofertarse a los menores de dieciséis años ninguna bebida alcohólica. De acceder a dichos lugares, los menores habrán de acudir acompañados de personas mayores de edad, responsables de los mismos por razones familiares, legales o docentes.

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