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Legislación › Ley 5/1990, de 19 de diciembre, sobre prohibición de venta de bebidas alcohólicas a menores de dieciséis años.

Art. 8.

Art. 8.

A los efectos previstos en el artículo anterior, será irrelevante el consentimiento a la consumición otorgado por padres, tutores o guardadores de hecho. Tampoco obstará a la prohibición la autorización escrita de los mismos para la compra por los menores de dieciséis años de bebidas de contenido alcohólico.

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