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Legislación › Ley 5/1990, de 19 de diciembre, sobre prohibición de venta de bebidas alcohólicas a menores de dieciséis años.

Disposición final primera.

Disposición final primera.

En lo no previsto en el capítulo III de la presente Ley, regirá lo dispuesto en el capítulo VI del título primero de la Ley General de Sanidad, y, en su defecto, lo preceptuado en los artículos 133 y siguientes de la Ley de Procedimiento Administrativo.

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