Legislación › Ley 10/1990, de 27 de agosto, de Protección y Defensa de los Animales de Compañía.
Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda.
El Consejo de Gobierno podrá, mediante decreto, proceder a la actualización de las sanciones previstas en el apartado 1, del artículo 24, teniendo en cuenta la variación de los índices de precios al consumo.
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