Legislación › Ley 1/1991, de 4 de enero, reguladora de las Cajas de Ahorros en Aragón.
Artículo 54.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 2010 y la del 16 de julio de 2014.
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Artículo 54.
1. La duración del mandato ejercicio del cargo de los vocales vocal del Consejo consejo de Administración no podrá administración será la señalada en los estatutos, sin que pueda ser inferior a cuatro años ni superior a seis, y podrán ser reelegidos si se cumplieran las mismas condiciones, requisitos y trámites que para el nombramiento, sin que la duración total máxima del mandato pueda ser nombramiento.
En ningún caso los vocales independientes podrán ostentar esta condición durante un período superior a doce años.
Cumplido el mandato de doce años de forma continuada o interrumpida y transcurridos ocho años desde dicha fecha, podrán volver a ser elegidos en las condiciones establecidas en la presente Ley. 2. La renovación de los vocales del Consejo consejo de Administración administración no podrá suponer una renovación total o una renovación parcial que pueda asimilarse a la total, dado el porcentaje renovado o la proximidad temporal entre renovaciones, y se efectuará, en todo caso, respetando la proporcionalidad de las representaciones que lo componen. En ningún caso pueden efectuarse nombramientos provisionales.
3. En todo caso, el nombramiento y la reelección de vocales habrán de comunicarse al Consejero competente en materia de cajas de ahorros del Gobierno de Aragón, al Ministerio competente en la materia y al Banco de España para su conocimiento y constancia.
4. Los vocales del Consejo consejo de Administración administración cesarán en el ejercicio del cargo en los mismos supuestos previstos en esta ley para los Consejeros Generales, salvo en los casos de los vocales designados por titulares de cuotas participativas, a los que no será de aplicación el supuesto del artículo 38.1.a). consejeros generales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de julio de 2014 En vigor | BOE-A-2014-8281 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2010 | BOE-A-2011-2105 | Leer | Qué cambió |
| 14 de diciembre de 2000 | BOE-A-2001-813 | Leer | Qué cambió |
| 19 de enero de 1991 | Texto original | Leer |


