Legislación › Ley 1/1991, de 4 de enero, reguladora de las Cajas de Ahorros en Aragón.
Disposición transitoria tercera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 2010 y la del 16 de julio de 2014.
Tachado: lo que se quitó (56 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Disposición transitoria tercera.
Cuando la Caja de Ahorros mantenga cuotas participativas en circulación, y hasta que se produzca la primera renovación de los órganos de gobierno tras la entrada en vigor de esta Ley, el número de miembros del Consejo de Administración podrá superar hasta en un 10% el límite máximo previsto en el párrafo segundo del artículo 52.1. (Derogada).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de julio de 2014 En vigor | BOE-A-2014-8281 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2010 | BOE-A-2011-2105 | Leer |
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