Legislación › Ley 13/1990, de 29 de noviembre, sobre tributación de los juegos de suerte, envite o azar de las Baleares.
Artículo 13. Concepto y hecho imponible.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1991 y la del 1 de enero de 2000.
Tachado: lo que se quitó (31 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 13. Concepto y hecho imponible.
Por la presente Ley se establece un recargo sobre la tasa estatal que grava los juegos de suerte, a envite o azar. Se excluye de este recargo el juego del bingo. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2000 En vigor | BOE-A-2000-1014 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1991 | Texto original | Leer |


