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Legislación › Ley 13/1990, de 29 de noviembre, sobre tributación de los juegos de suerte, envite o azar de las Baleares.

Artículo 15. Base imponible.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1991 y la del 1 de enero de 2000. Tachado: lo que se quitó (17 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 15. Base imponible.
Constituye la base imponible sobre la que girará el recargo el importe de la tasa estatal correspondiente. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2000 En vigor BOE-A-2000-1014 Leer Qué cambió
1 de enero de 1991 Texto original Leer

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