Legislación › Ley 13/1990, de 29 de noviembre, sobre tributación de los juegos de suerte, envite o azar de las Baleares.
Artículo 9. Liquidación y pago del impuesto.
Artículo 9. Liquidación y pago del impuesto.
1. El sujeto pasivo, autoliquidará el impuesto sobre el juego mediante una declaración-liquidación, en los plazos y formas que se determinen.
2. La Consejería de Economía y Hacienda aprobará el modelo de declaración y determinará los plazos y la forma del pago del impuesto.


