Legislación › Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Art. 15.
Art. 15.
El cumplimiento de los programas de gastos e inversiones públicas, sean generales o sectoriales, de vigencia plurianual, se acomodará a lo dispuesto en el artículo 55 de la presente Ley y a los límites y demás condiciones que establezca la Ley anual de Presupuestos de la Comunidad.


