Legislación › Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Art. 22.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de noviembre de 1990 y la del 3 de septiembre de 2001.
Tachado: lo que se quitó (49 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Art. 22.
Son bienes de la Comunidad de Madrid: (Derogado).
a) Los que integran el patrimonio de la Diputación Provincial de Madrid en el momento de aprobarse el Estatuto.
b) Los afectos a los servicios traspasados a la Comunidad de Madrid.
c) Los que adquiriese la Comunidad por cualquier título jurídico válido.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de septiembre de 2001 En vigor | BOE-A-2001-14644 | Leer | Qué cambió |
| 21 de noviembre de 1990 | Texto original | Leer |


