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Legislación › Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

Disposición adicional décima.

Disposición adicional décima.

Por el Consejo de Gobierno y el Consejero de Hacienda, en el ámbito de sus respectivas competencias, se desarrollará reglamentariamente el contenido de la presente Ley.

Se renumera por el art. 9.7 de la Ley 5/2004, de 28 de diciembre. BOE-A-2005-2732.

Su anterior numeración era disposición adicional novena.

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