LexTotal

Legislación › Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

Disposición adicional tercera.

Disposición adicional tercera.

Se modifica el artículo 11 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, cuya redacción será la siguiente:

«El Consejo de Administración podrá delegar en uno de sus miembros o en el Gerente las competencias señaladas en los párrafos d), f), i), k), l), m), s), o) y p) del apartado 1 del artículo anterior. Respecto a la delegación de competencias señaladas en el párrafo o), se estará a lo establecido en la Ley o Decreto correspondiente.»

← Disposición adicional segunda Índice Disposición adicional cuarta →