LexTotal

Legislación › Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

Disposición transitoria tercera.

Disposición transitoria tercera.

Los derechos y obligaciones de contenido económico de la Comunidad de Madrid nacidos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley, continuarán sujetos a la legislación actual.

← Disposición transitoria segunda Índice Disposición final →