Legislación › Ley 1/1991, de 28 de enero, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Artículo 49. Responsabilidad del personal estadístico.
Artículo 49. Responsabilidad del personal estadístico.
El personal estadístico que preste sus servicios en alguno de los Departamentos, Organismos, Entes o Empresas dependientes del Gobierno de Canarias, o en las Entidades locales y los Organismos, Entes o Empresas de ellos dependientes, incluidas en su ámbito territorial, estará sujeto a la responsabilidad administrativa, civil o penal, regulada en la legislación específica que resulte aplicable en cada caso.


