LexTotal

Legislación › Ley 1/1991, de 28 de enero, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Artículo 44. Infracciones.

Artículo 44. Infracciones.

Son infracciones administrativas en materia estadística las acciones y omisiones voluntarias contrarias a las disposiciones contenidas en esta Ley, pudiendo ser autores de las mismas tanto los administrados sujetos a la obligación de colaboración estadística como el personal estadístico.

← Artículo 43 Índice Artículo 45 →