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Legislación › Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud.

Artículo 32.

Artículo 32.

Corresponde a la Administración de !a Comunidad Foral el ejercicio de las potestades reglamentaria, de administración y revisora, en materia de sanidad interior, higiene, asistencia sanitaria, productos y establecimientos farmacéuticos, conforme al ámbito competencia] que le corresponda en dichas materias a tenor de lo previsto en la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento Foral de Navarra.

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