Legislación › Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud.
Artículo 88.
Artículo 88.
La Administración sanitaria de la Comunidad Foral promoverá la revisión permanente de los enseñantes y profesionales en materia sanitaria para la mejor adecuación de los conocimientos profesionales a las necesidades sanitarias de la población, la formación interdisciplinar en Ciencias de la Salud y la actualización permanente de conocimientos.


