Legislación › Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud.
Disposición adicional novena.
Disposición adicional novena.
La Administración de la Comunidad Foral vigilará especialmente aquellas actividades y técnicas que no se encuentren incluidas dentro del marco habitual de las prestaciones sanitarias y estén orientadas al diagnóstico, tratamiento y cuidado de la salud.
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