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Legislación › Ley 8/1991, de 25 de marzo, por la que se aprueba el arbitrio sobre la producción y la importación en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Artículo 1. Naturaleza.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de marzo de 1991 y la del 1 de enero de 1997. Tachado: lo que se quitó (13 palabras). Subrayado: lo que se añadió (23 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 1. Naturaleza.
El Arbitrio Impuesto sobre la Producción Producción, los Servicios y la Importación, Importación es un impuesto indirecto de carácter municipal municipal, que grava la producción o elaboración, así como la importación, producción, elaboración e importación de toda clase de bienes muebles corporales corporales, las prestaciones de servicios y las entregas de bienes inmuebles situados en las ciudades Ciudades de Ceuta y Melilla, de acuerdo con las normas de la presente Ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 1997 En vigor BOE-A-1996-29117 Leer Qué cambió
27 de marzo de 1991 Texto original Leer

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