Legislación › Ley 8/1991, de 25 de marzo, por la que se aprueba el arbitrio sobre la producción y la importación en las ciudades de Ceuta y Melilla.
Artículo 1. Naturaleza.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de marzo de 1991 y la del 1 de enero de 1997.
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Artículo 1. Naturaleza.
El Arbitrio Impuesto sobre la Producción Producción, los Servicios y la Importación, Importación es un impuesto indirecto de carácter municipal municipal, que grava la producción o elaboración, así como la importación, producción, elaboración e importación de toda clase de bienes muebles corporales corporales, las prestaciones de servicios y las entregas de bienes inmuebles situados en las ciudades Ciudades de Ceuta y Melilla, de acuerdo con las normas de la presente Ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1997 En vigor | BOE-A-1996-29117 | Leer | Qué cambió |
| 27 de marzo de 1991 | Texto original | Leer |


