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Legislación › Ley 3/1991, de 21 de marzo, de Elecciones a la Diputación General de La Rioja.

Artículo 18.

Artículo 18.

De conformidad con el artículo 18.2 del Estatuto de Autonomía de La Rioja para las elecciones a la Diputación General, la Comunidad Autónoma de La Rioja constituirá una circunscripción electoral única.

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