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Legislación › Ley 3/1991, de 21 de marzo, de Elecciones a la Diputación General de La Rioja.

Artículo 5.

Artículo 5.

El examen y control de las incompatibilidades, así como los efectos derivados de su declaración, se regirán por las normas que al efecto establezca el Reglamento de la Diputación General.

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