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Legislación › Ley 4/1991, de 13 de marzo, de Creación como Entidad Autónoma de la Generalidad Valenciana, del Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA).

Artículo 6.

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Artículo 6.
1. Corresponderán al Consejo Rector las siguientes funciones:
a) Dirigir la actuación del IVIA, en el marco de la política agrícola y de investigación e innovación tecnológica fijada por el Consejo Consell de la Generalidad Generalitat Valenciana, aprobar el programa de actividades, inversiones y financiación financiación, así como en anteproyecto de presupuesto anual, para su elevación al Consejero conseller de Economía y Hacienda junto con la memoria explicativa del contenido del programa.
b) Informar y elevar a los órganos competentes de la Administración administración de la Generalidad Generalitat Valenciana las propuestas que requieran la aprobación de los mismos.
c) Presentar el Balance Aprobar las cuentas anuales de situación y la Cuenta de Resultado del ejercicio. entidad.
d) Aprobar la propuesta de la estructura y plantilla del personal, así como sus modificaciones.
e) Autorizar las inversiones y operaciones financieras de la Entidad, entidad, incluidas la constitución y participación en Sociedades sociedades mercantiles, sin perjuicio de otras autorizaciones concurrentes legalmente necesarias.
f) Autorizar los actos de disposición de los bienes del IVIA de naturaleza inmobiliaria.
g) Acordar el ejercicio de acciones judiciales.
h) Autorizar los acuerdos de cooperación con otras instituciones y Entidades entidades públicas.
2. El Consejo Rector podrá delegar alguna de sus competencias en el Presidente, presidente, en uno de los Vicepresidentes vicepresidentes o en el Director director del IVIA, salvo las atribuidas en los apartados a), c), e) a, c, e y f) f del número anterior.
3. Para el cumplimiento de sus funciones el Consejo Rector podrá recabar del Consejo Científico consejo científico asesoramiento sobre cualquier tema referente al IVIA, así como propuestas concretas de actuación actuación.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2023-5482 Leer Qué cambió
19 de marzo de 1991 Texto original Leer

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