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Legislación › Ley de Cantabria 3/1992, de 18 de marzo, de Protección de los Animales.

Artículo 49.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 1997 y la del 1 de enero de 2003. Tachado: lo que se quitó (379 palabras). Subrayado: lo que se añadió (45 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 49.
Tendrán la consideración de infracciones leves:
1. Entrar en terreno de aprovechamiento cinegético especial para cobrar una pieza de caza que haya sido herida fuera de él, sin la debida autorización del titular del régimen cinegético.
2. Abatir o intentar abatir, en terrenos de aprovechamiento cinegético común, una pieza cinegética que haya sido levantada y sea perseguida por otro u otros cazadores o perros.
3.
Transitar con armas dispuestas para cazar arma cargada por un terreno cercado o acogido no adscrito a otro régimen cinegético especial cuando existan en sus accesos señales o carteles que prohíban cazar en su interior. la entrada.
4. 3. El establecimiento de nuevos palomares sin la oportuna autorización o a menos de 1.000 metros de la linde cinegética más próxima.
4. Cazar palomas mensajeras, deportivas o buchones que ostenten las marcas establecidas al efecto.
5. Cazar siendo poseedor de la documentación preceptiva, pero no llevándola consigo.
6. Cazar palomas mensajeras y deportivas o buchones que ostenten las marcas establecidas al efecto.
7. Cazar
no teniendo contratado y vigente el seguro obligatorio del cazador.
8. 7. Cazar fuera del horario establecido o en día no hábil hábiles de caza, estando la veda abierta. caza establecidos.
9. 8. No impedir que los perros propios o que acompañen a una persona vaguen sin control en época de veda.
10. No ejercer la debida vigilancia y cuidado sobre los perros de pastores de ganado, de transeúntes, etc., para evitar que causen daños o molesten a las especies cinegéticas.
11.
9. Cazar con armas arma de fuego sin tener cumplidos los dieciocho años, siendo menor de edad, cuando se haga a más de 120 metros del cazador mayor de edad encargado de la vigilancia del menor o cuando no se cumplan sus indicaciones.
12. 10. Acompañar a un cazador menor de dieciocho años edad que utilice armas arma de fuego sin vigilar eficazmente sus actividades cinegéticas. su actividad cinegética.
13. 11. El incumplimiento de la normativa dictada sobre la caza en batida.
14. La utilización de perros con fines cinegéticos en época de veda.
15. El incumplimiento de las condiciones fijadas en los permisos de «caza fotográfica».
16. Impedir o tratar de impedir la entrada a los cazadores que pretendan cazar en un terreno rural cercado, no sometido a otro régimen cinegético especial, en el que existiendo accesos practicables no tengan junto a los mismos carteles indicadores prohibiendo el paso al interior del recinto.
17. La falta de atención por los titulares de cotos de caza respecto a la adecuada protección y fomento de las especies cinegéticas.
18. No cumplir las condiciones técnicas que se dicten sobre el cerramiento de terrenos constituidos en cotos de caza.
19. No cumplir las normas que se dicten sobre reducción o eliminación de la caza en los terrenos cercados con el fin de proteger los cultivos del interior del cerramiento o los de las fincas colindantes.
20. Transitar con perros por zonas de seguridad, sin ocuparse de evitar que el animal dañe, moleste o persiga a la fauna cinegética, sus crías o huevos.
21. Cazar en un terreno cercado no acogido a otro régimen cinegético especial cuando existan en sus accesos señales o carteles que prohíban cazar en su interior.
22. Tirar con fines de caza alambres o redes en arroyos, ríos o embalses o extender celosías en lugares de entrada o salida de aves aprovechando el paso de ellas.
23. Capturar, o estar en disposición de capturar, aves canoras, cuando sea preceptivo estar en posesión de un permiso de captura y se careciere de él.
24.
12. El incumplimiento de dar cuenta a la Administración del resultado de cacerías cuando así sea preceptivo.
25. 13. Portar arma de fuego desenfundada, en zona de seguridad, salvo que vaya abierta y descargada.» descargada.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2003 En vigor BOE-A-2003-1590 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 1997 BOE-A-1998-2748 Leer Qué cambió
16 de abril de 1992 Texto original Leer

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