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Legislación › Ley 2/1992, de 26 de marzo, del Gobierno Valenciano, de saneamiento de aguas residuales de la Comunidad Valenciana.

Artículo 25. Cuota íntegra.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de abril de 1992 y la del 1 de enero de 2004. Tachado: lo que se quitó (24 palabras). Subrayado: lo que se añadió (131 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 25. Fijación del canon y modificaciones. Cuota.
Las tarifas 1. La cuota del canon Canon de saneamiento Saneamiento, que se fijarán integra por la suma de las cuotas de servicio y de consumo, se determinará de acuerdo con las tarifas fijadas anualmente en la Ley ley de Presupuestos presupuestos de la Generalidad. Generalitat Valenciana.
Las Leyes 2. En los consumos para usos industriales, la cuota resultante del Canon de Presupuestos podrán modificar, asimismo, aquellos elementos Saneamiento se determinará por aplicación a la cuotas de servicio y de consumo del canon coeficiente corrector, establecido con arreglo a los siguientes criterios:
a) La incorporación ostensible de agua a los productos fabricados.
b) Las pérdidas de agua por evaporación.
c) El volumen de agua extraído de materias primas.
d) La carga contaminante
que resultara necesario. se incorpore al agua utilizada o que se elimine de ésta.
Tales criterios darán lugar a un coeficiente corrector único, cuyos límites inferior y superior serán establecidos por las leyes de presupuestos de la Generalitat Valenciana.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2026 En vigor BOE-A-2025-11959 Leer Qué cambió
23 de abril de 2022 BOE-A-2022-90121 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 BOE-A-2007-1348 Leer Qué cambió
1 de enero de 2004 BOE-A-2004-2433 Leer Qué cambió
9 de abril de 1992 Texto original Leer

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