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Legislación › Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia.

Disposición adicional segunda

Disposición adicional segunda

La competencia para el conocimiento de las acciones derivadas del contrato de agencia corresponderá al Juez del domicilio del agente, siendo nulo cualquier pacto en contrario.

Se renumera por la disposición adicional 16.2 de la ley 2/2011, de 4 de marzo. BOE-A-2011-4117.

Su anterior numeración era disposición adicional.

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