Legislación › Ley 19/1992, de 7 de julio, sobre Régimen de Sociedades y Fondos de Inversión Inmobiliaria y sobre Fondos de Titulización Hipotecaria.
Disposición adicional.
Disposición adicional.
Se autoriza al Gobierno a desarrollar reglamentariamente lo dispuesto en la presente Ley.
En particular, podrá el Gobierno establecer un nombre específico para los valores emitidos con cargo a Fondos de Titulización Hipotecaria, y reservarlo en exclusiva para tales valores.


