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Legislación › Orden de 14 de julio de 1992 por la que se dictan las normas para la regulación del sistema de seguimiento de programas.

3. De la incidencia en la tramitación de expedientes.

3. De la incidencia en la tramitación de expedientes.

En todos los expedientes de modificaciones presupuestarias que afecten a la definición, contenido o dimensión de los objetivos, de sus indicadores, o a los proyectos de inversión con los que se relacionen, se deberá adjuntar un estado explicativo de su motivación e incidencia respecto a la consecución de los respectivos objetivos y a la cuantificación de los indicadores físicos a los que afecte, así como su influencia en el coste por indicador físico, desagregado en capítulos cuando tal desagregación sea relevante.

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