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Legislación › Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada.

Artículo 38.

Artículo 38.

La resolución de los expedientes sancionadores por infracciones graves y muy graves podrá ser hecha pública, en virtud de acuerdo de las autoridades competentes, en los términos que reglamentariamente se determinen.

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