Legislación › Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada.
Artículo 38.
Artículo 38.
La resolución de los expedientes sancionadores por infracciones graves y muy graves podrá ser hecha pública, en virtud de acuerdo de las autoridades competentes, en los términos que reglamentariamente se determinen.


