Legislación › Ley 1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
Artículo 56. Memoria anual.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de agosto de 1992 y la del 19 de enero de 2006.
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Artículo 56. Memoria anual.
El Defensor de los Usuarios del Servicio de Salud del Principado de Asturias presentará una memoria anual a la Comisión de Acción Social y Asistencial de la Junta General del Principado de Asturias. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de enero de 2006 En vigor | BOE-A-2006-1774 | Leer | Qué cambió |
| 2 de agosto de 1992 | Texto original | Leer |


