Legislación › Ley 1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
Disposición final segunda.
Disposición final segunda.
Se autoriza al Consejo de Gobierno del Principado de Asturias para dictar las normas de carácter general y reglamentario necesarias para desarrollar y aplicar la presente Ley.


