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Legislación › Real Decreto 1242/1992, de 16 de octubre, por el que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes.

Artículo 4. Funcionamiento.

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Artículo 4. Funcionamiento.
1. La Comisión Directiva se regirá en cuanto a su convocatoria, deliberaciones y adopción de acuerdos por lo dispuesto en el capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de la aplicación de las normas contenidas en los apartados siguientes.
2. La Comisión Directiva se
reunirá, previa convocatoria de su Presidente Presidente, en sesión ordinaria, ordinaria una vez al trimestre trimestre, como mínimo.
Acompañará a esta En todo caso la Comisión Directiva se constituirá válidamente en segunda convocatoria el orden cuando concurran, al menos, un tercio de sus miembros, además del día que será fijado por el Presidente. Presidente y del Secretario o de quienes legalmente les sustituyan.
2. 3. Los acuerdos se tomarán por mayoría de los asistentes. En caso de empate, dirimirá el voto del Presidente.
3. En lo no previsto en este artículo, el funcionamiento de la 4. La Comisión Directiva se regirá por lo dispuesto en relación con los órganos colegiados en la Ley podrá elaborar y aprobar su reglamento de Procedimiento Administrativo. funcionamiento interno.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de enero de 2000 En vigor BOE-A-2000-648 Leer Qué cambió
10 de noviembre de 1992 Texto original Leer

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