Legislación › Resolución de 28 de octubre de 1992, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los efectos contables del nuevo sistema de información sobre el Inventario General de Bienes Inmuebles.
ANEXO 3.3
ANEXO 3.3
Modificaciones al Plan General de Contabilidad Pública adaptado a las Delegaciones de Economía y Hacienda
CUADRO DE CUENTAS
Grupo 2. Inmovilizado
20. Inmovilizado material.
208. Otro inmovilizado material.
208.0 Bienes en estado de venta.
Grupo 5. Cuentas financieras
58. Cuentas de enlace y movimientos internos.
584. Operaciones realizadas por cuenta de otras oficinas.
584.7 Adquisiciones CIMA, por cuenta de Central Contable.
587. Órdenes de cobro recibidas.
587.0 Por enajenación del inmovilizado material.
Grupo 2. Inmovilizado
20. Inmovilizado material.
208. Otro inmovilizado material.
208.0 Bienes en estado de venta.–Recoge el valor de los bienes procedentes de adjudicaciones en pago de deudas y otras causas que no supongan una contrapartida por parte del Estado.
Su movimiento es el siguiente:
a) Se carga, por la adquisición de la propiedad de los bienes muebles, con abono a las cuentas del subgrupo 43 y cuenta 822 si se trata de adjudicaciones en pago de deudas o a la cuenta 822 «Otros resultados extraordinarios» si se adquiere por otras causas que no den lugar a ninguna contrapartida por parte del Estado.
b) Se abona con cargo:
A la cuenta 102, por el traspaso de su saldo a Central Contable.
A cuentas del subgrupo 43 y/o 82 por su enajenación o baja en inventario.
Grupo 5. Cuentas financieras
58. Cuentas de enlace y movimientos internos.
584. Operaciones realizadas por cuenta de otras oficinas.
584.7 Adquisiciones CIMA, por cuenta de Central Contable.–Cuenta de enlace entre las Delegaciones, con Central Contable, por operaciones realizadas por una de aquellas que deban quedar recogidas en las cuentas de ésta.
Su movimiento es el siguiente:
Se carga, con abono a:
Cuentas del subgrupo 43, por los derechos que se anulan en virtud de la adjudicación.
La cuenta 822, por los recargos de apremio no contraídos.
b) Se abona, al finalizar el ejercicio, con cargo a la cuenta 102 «Central Contable».
587. Órdenes de cobro recibidas.
587.0 Por enajenación del inmovilizado material.–Cuenta de enlace entre las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Economía y Hacienda, con Central Contable, por las operaciones de gestión patrimonial de los que se deriven derechos a favor del Estado.
Su movimiento es el siguiente:
Se abona con cargo a:
Cuentas del subgrupo 43, por el importe a cobrar en metálico resultante de las operaciones de gestión patrimonial, en su caso, así como en la suspensión de aquellas operaciones que den lugar a reintegros.
Se carga, al finalizar el ejercicio, con abono a la cuenta 102 «Central Contable».


