Legislación › Resolución de 28 de octubre de 1992, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los efectos contables del nuevo sistema de información sobre el Inventario General de Bienes Inmuebles.
Regla 2. Ámbito orgánico.
Regla 2. Ámbito orgánico.
El reflejo contable de las operaciones de gestión patrimonial se producirá en las distintas oficinas que integran la organización contable descentralizada (SICOP) de acuerdo con las prescripciones que se establecen en cada caso.


