Legislación › Resolución de 28 de octubre de 1992, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los efectos contables del nuevo sistema de información sobre el Inventario General de Bienes Inmuebles.
Regla 28. Aplicación de depósitos.
Regla 28. Aplicación de depósitos.
La aplicación al presupuesto de ingresos de depósitos previamente constituidos para la adquisición de bienes se realizará mediante descuento en el mandamiento de pago de devolución del depósito. Dicho descuento se aplicará al mismo concepto al que se hubiera aplicado el correlativo ingreso en metálico, debiendo facilitar la Unidad, Servicio o Sección de Patrimonio los mismos datos recogidos en la regla 27.1.


