Legislación › Real Decreto 1273/1992, de 23 de octubre, por el que se regula el otorgamiento de concesiones y la asignación de frecuencias para la explotación del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia por las Corporaciones locales.
Artículo 8. Asignación de frecuencias.
Artículo 8. Asignación de frecuencias.
Una vez que sea aprobado el proyecto técnico, la Dirección General de Telecomunicaciones dictará, con sujeción a lo dispuesto en los Acuerdos y Convenios internacionales de los que España sea parte y a las Resoluciones y Directrices de los organismos internacionales que sean vinculantes para el Estado español, la correspondiente resolución de asignación de frecuencia, que será notificada a la Corporación local o al órgano competente de la Comunidad Autónoma, según los casos, y a partir de cuyo momento podrá efectuarse la instalación de la emisora.


