Legislación › Real Decreto 1316/1992, de 30 de octubre, por el que se establecen los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior.
ANEXO A
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de diciembre de 1992 y la del 19 de octubre de 1994.
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ANEXO A
I. Legislación veterinaria
1. Reales Decretos 379/1987, 866/1988 y 434/1990, y Ordenes ministeriales de 28 de febrero de 1986 y de 29 de octubre de 1987, por los que se transpone la Directiva 64/432/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1964, relativa a problemas de policía sanitaria en materia de intercambios intracomunitarios de animales de las especies bovinas y porcina.
2. Real Decreto 877/1990, de 6 de julio, por el que se transpone la Directiva 88/407/CEE, del Consejo, de 14 de junio de 1988, por la que se fijan las exigencias de policía sanitaria aplicables a los intercambios intracomunitarios y a las importaciones de esperma congelado de animales de la especie bovina.
3. Real Decreto 855/1992, de 10 de julio, por el que se transpone la Directiva 89/556/CEE, del Consejo, de 25 de septiembre de 1989, relativa a las condiciones de policía sanitaria aplicables a los intercambios intracomunitarios y a las importaciones procedentes de países terceros de embriones de animales domésticos de la especie bovina.
4. Directiva 90/426/CEE, del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a las condiciones de policía sanitaria, que regulan los movimientos de équidos y las importaciones de équidos procedentes de países terceros.
5. Directiva 90/429/CEE, del Consejo, de 26 de junio de 1990, por la que se fijan las normas de policía sanitaria, aplicables a los intercambios intracomunitarios y a las importaciones de esperma de animales de la especie porcina.
6. Directiva 90/539/CEE, del Consejo, de 15 de octubre de 1990, relativa a las condiciones de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios y las importaciones de aves de corral y de huevos para incubar, procedentes de países terceros.
7. Directiva 90/667/CEE, del Consejo, de 27 de noviembre de 1990, que establece las normas veterinarias relativas a la eliminación y transformación de desperdicios animales, a su puesta en el mercado y a la prevención de agentes patógenos en los piensos de origen animal o a base de pescado.
8. Directiva 91/68/CEE, del Consejo, de 28 de enero de 1991, relativa a las normas de policía sanitaria, que regulan los intercambios intracomunitarios de animales de las especies ovina y caprina.
9. Directiva 91/628/CEE, del Consejo, de 19 de noviembre de 1991, sobre la protección de los animales durante el transporte.
10. Directiva 92/65/CEE, del Consejo, de 13 de julio de 1992, por la que se definen las condiciones de policía sanitaria que rigen los intercambios y las importaciones en la comunidad de animales, esperma, óvulos y embriones no sometidos con respecto a estas condiciones a las normativas comunitarias específicas a que se refiere la Sección I del anexo A de la Directiva 90/425/CEE.
II. Legislación zootécnica
1. Real Decreto 420/1987, y Ordenes ministeriales de 15 de septiembre de 1987, y del 25 de febrero de 1989, por los que se transpone la Directiva 77/504/CEE, del Consejo, de 25 de julio de 1977, referente a animales de la especie bovina de raza selecta para reproducción.
2. Reales Decretos 723/90, de 8 de junio, y 1108/1991, de 12 de julio, por los que se transpone la Directiva 88/661/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1988, relativa a las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de la especie porcina.
3. Real Decreto 286/1991, de 8 de marzo, por el que se transpone la Directiva 89/361/CEE, del Consejo, de 30 de mayo de 1989, sobre los animales reproductores de raza pura de las especies bovina y caprina.
4. Directiva 90/427/CEE, del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a las condiciones zootécnicas y genealógicas que regulan los intercambios intracomunitarios de équidos.
5. Real Decreto 178/1992, de 28 de febrero, por el que se transpone la Directiva 91/174/CEE, del Consejo, de 25 de marzo de 1991, relativa a las normas zootécnicas y genealógicas que regulan la comercialización de animales de raza.
El Real Decreto 1881/1994, de 16 de septiembre, por el que se definen las condiciones de policía sanitaria que rigen los intercambios y las importaciones en la Comunidad de animales, esperma, óvulos y embriones no sometidos con respecto a estas condiciones a las normativas comunitarias específicas a que se refiere la sección 1.ª del anexo A del Real Decreto 1316/1992, de 30 de octubre.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de marzo de 2019 En vigor | BOE-A-2019-2859 | Leer | Qué cambió |
| 10 de mayo de 2003 | BOE-A-2003-9447 | Leer | Qué cambió |
| 11 de febrero de 1995 | BOE-A-1995-3553 | Leer | Qué cambió |
| 19 de octubre de 1994 | BOE-A-1994-22802 | Leer | Qué cambió |
| 2 de diciembre de 1992 | Texto original | Leer |


