Legislación › Real Decreto 1428/1992, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 90/936/CEE sobre aparatos de gas.
ANEXO IV
ANEXO IV
Documentación de diseño
La documentación de diseño incluirá la siguiente información, siempre que el Organismo de control lo solicite para su evaluación:
– Una descripción general del aparato.
– Proyectos de fabricación, dibujos y esquemas de los componentes, subconjuntos, circuitos, etc.
– Las descripciones y explicaciones necesarias para la comprensión de dichos elementos, incluyendo el funcionamiento de los aparatos.
– Una lista de las normas mencionadas en el artículo 4 se apliquen éstas total o parcialmente, y descripciones de las soluciones adoptadas para cumplir las exigencias esenciales cuando no se hayan aplicado las normas mencionadas en dicho artículo 4.
– Protocolos de ensayo.
– Los manuales de instalación y de uso.
En su caso, la documentación de diseño comprenderá los siguientes elementos:
– Los certificados relativos a los equipos incorporados en el aparato.
– Los certificados y otros documentos relativos a los métodos de fabricación y/o de inspección y/o de control del aparato.
– Cualquier otra documentación que permita que el Organismo de control mejore su evaluación.


