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Legislación › Real Decreto 1434/1992, de 27 de noviembre, de desarrollo de los artículos 24, 25 y 140 de la Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual, en la versión dada a los mismos por la Ley 20/1992, de 7 de julio.

Artículo 7. Fondo de Ayuda a las Bellas Artes.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de diciembre de 1992 y la del 14 de enero de 2009. Tachado: lo que se quitó (234 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 7. Fondo de Ayuda a las Bellas Artes.
1. Se constituye el Fondo de Ayuda a las Bellas Artes, cuyos fines son impulsar, fomentar y apoyar la creatividad en el campo de las artes plásticas.
2. La administración del Fondo de Ayuda a las Bellas Artes corresponderá exclusivamente a una Comisión adscrita al Ministerio de Cultura, sin perjuicio de su autonomía funcional. Dicha Comisión estará presidida por el Ministro de Cultura o la persona en quien él delegue y de ella formarán parte, además, un representante de la Administración General del Estado, uno de cada Comunidad Autónoma y uno de las entidades de gestión de los derechos de los autores de obras de artes plásticas.
3. El Fondo de Ayuda a las Bellas Artes se nutrirá principalmente del importe de los derechos de participación no reclamados o no abonados en el plazo al que se refiere el artículo anterior. A estos efectos, el Ministerio de Cultura constituirá en el Banco de España, bajo la denominación de «Fondo de Ayuda a las Bellas Artes», una cuenta corriente en la que se ingresará el importe de los citados derechos.
El Fondo de Ayuda a las Bellas Artes podrá nutrirse también de fondos públicos así como de otros fondos privados.
4. La Comisión administradora asegurará la correcta aplicación del Fondo a los fines que determine a propuesta del representante de las entidades de gestión y en el marco de los señalados en el apartado primero.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de enero de 2009 En vigor BOE-A-2008-20801 Leer Qué cambió
17 de diciembre de 1992 Texto original Leer

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