Legislación › Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Artículo 150. Régimen especial de determinación proporcional de las bases imponibles.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1993 y la del 1 de enero de 2000.
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Artículo 150. Régimen especial de determinación proporcional de las bases imponibles.
Los comerciantes minoristas que realicen con habitualidad entregas de bienes a los que corresponda aplicar tipos impositivos diferentes podrán optar por el régimen especial de determinación proporcional de las bases imponibles en los plazos y forma que se determinen reglamentariamente. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2000 En vigor | BOE-A-1999-24786 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1993 | Texto original | Leer |


