Legislación › Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Artículo 151. Exclusiones del régimen especial de determinación proporcional de las bases imponibles.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1998 y la del 1 de enero de 2000.
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Artículo 151. Exclusiones del régimen especial de determinación proporcional de las bases imponibles.
Quedarán excluidos del régimen especial de determinación proporcional de las bases imponibles los siguientes comerciantes minoristas: (Derogado)
1.º Los sometidos al régimen especial del recargo de equivalencia.
2.º Los comerciantes minoristas cuyo volumen de operaciones correspondiente a todas sus actividades empresariales o profesionales del año natural precedente haya excedido de 100 millones de pesetas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2000 En vigor | BOE-A-1999-24786 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1998 | BOE-A-1997-28053 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1993 | Texto original | Leer |


